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OBLIGATORIEDAD EN EL REGISTRO DE AUTOEVALUACIONES Y PLANES DE MEJORAMIENTO DEL SG-SST POR PARTE DE LOS EMPLEADORES.

Conforme a lo establecido en la Resolución No. 0312 del 13 febrero de 2023 “Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST” y Circular 093 del 18 diciembre de 2023 con el “Asunto: Registro anual de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST”. A partir del próximo 1 de febrero y hasta el 29 de marzo de 2024, todas las empresas públicas y privadas del país, deberán realizar su registro anual de estándares mínimos, para esto se encontrará habilitado el respectivo formulario de registro en la página web del Sistema General de Riesgos Laborales www.sgrl.mintrabajo.gov.co

Durante este tiempo todas las empresas a nivel nacional deberán:

  1. Aplicar la autoevaluación conforme a la tabla de valores y calificación de los estándares mínimos del Sistema de Gestión – SST., mediante el formulario de evaluación establecido en la página del Sistema General de Riesgos.

  1. Elaborar el plan de mejora conforme al resultado de la evaluación de los estándares mínimos.

Este plan de mejora debe quedar aprobado por la empresa en el Plan Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

  1. El plan anual del sistema de Gestión de SST, deberá ejecutarse a partir del (1°) de enero del año siguiente.

El Ministerio del Trabajo estará presto a apoyar y acompañar los procesos que se requieran, a través de la Dirección de Riesgos Laborales y desde el correo electrónico: sgridatosti@mintrabajo.gov.co.

El Ministerio del Trabajo cumple con las normas de protección de datos.

 

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